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Biografía
Ángela es abogada de Fiscal en Gómez-Acebo & Pombo.
Es especialista en materia de derecho tributario. Graduada en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Granada. Hizo el doble máster de Acceso a la Abogacía y de Asesoría Fiscal en la Universidad de Navarra. Actualmente, es estudiante de doctorado en la Universidad de Navarra en materia contable-tributaria.
Ángela ha participado como autora y coautora en varias publicaciones jurídicas especializadas, en particular, respecto del Impuesto sobre Sociedades.
Entidades y asociaciones profesionales de las que es miembro
Colegiada n.º 127544 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Idiomas
Español
Inglés
Los ingresos indebidos derivados de tributos declarados no conformes al Derecho de la Unión Europea deben imputarse temporalmente en la base imponible del impuesto sobre sociedades del ejercicio en que se produjo el pago del tributo en cuestión
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos determinados preceptos de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, incorporados a través del artículo 3 Primero, apartados Uno y Dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, al considerar que se ha producido una vulneración del artículo 86.1 CE ante la indebida utilización de la figura del real decreto-ley para regular tales cuestiones.
Entre las medidas adoptadas por el Real Decreto-ley 8/2023, destacamos aquéllas que tienen carácter fiscal, afectando a diferentes figuras impositivas en materia energética.