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Nuestra práctica Concursal es una de las de mayor crecimiento de la Firma en los últimos años, no sólo en tamaño, sino también en cuanto a la importancia y naturaleza de los asuntos.
El equipo de Concursal de GA_P goza de un extraordinario reconocimiento fruto de su participación destacada en los procedimientos preconcursales y concursales de mayor importancia sustanciados en España. A modo meramente ejemplificativo, el equipo de Concursal de Gómez-Acebo & Pombo ha tramitado el concurso de acreedores de la mayor promotora inmobiliaria española en lo que hasta la fecha ha sido el concurso de acreedores de mayor dimensión de Europa. Asimismo, nuestro equipo de Concursal fue el encargado de instar el primer concurso de una entidad financiera sustanciado en España conforme a la vigente legislación concursal y, en fin, ha asesorado y viene asesorando a acreedores con posiciones predominantes en los concursos de mayor importancia y relevancia mediática tramitados en España.
La experiencia que nace de la gestión de concursos complejos, así como de la de otros asuntos de sociedades de distinto ámbito en Derecho Concursal, ha propiciado que nuestros abogados posean todas las cualidades profesionales necesarias para poder afrontar con éxito el asesoramiento integral del cliente ante cualquiera de las situaciones derivadas de procedimientos de insolvencia.
Nuestras áreas de actuación en este ámbito son:
En buena lógica, no es lo mismo que un contrato se rescinda concursalmente por fraude de acreedores o que se anule concursalmente por fraude de acreedores
Situación perpleja, que tendría necesariamente que producirse alguna vez, dada la competencia concurrente del juez mercantil y del laboral para determinar el alcance de la exoneración de deudas en la liquidación concursal
Si existe control según el art. 42.1 CCom, para que exista un grupo societario a efectos concursales es indiferente que en la cúspide se halle una sociedad mercantil u otro sujeto (persona física, fundación…) que no tenga esas obligaciones contables.