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Criterio de la Dirección General de Tributos que afecta a la tributación de los grupos fiscales

8 de abril, 2016



De conformidad con el criterio de la Dirección General de Tributos, no sólo los resultados sino también las partidas intragrupo deberán ser objeto de eliminación en el régimen de consolidación fiscal. No obstante, estas partidas no son objeto de incorporación en un ejercicio posterior.Introducción

En el marco de la reforma fiscal, la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades ("LIS"), aplicable a los periodos impositivos iniciados a partir del pasado 1 de enero de 2015, ha modificado sustancialmente el régimen de consolidación fiscal ampliando el perímetro de consolidación e introduciendo novedades en el cálculo de la base imponible consolidada...

Práctica

Fiscal
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