VOLVER AL LISTADO DE PUBLICACIONES

Externalización y novación de condiciones por Convenio Colectivo. Nulidad por mala fe en el procedimiento seguido. ¿Indemnización por daños morales?

28 de enero, 2016



1. Externalización de un servicio de la empresa. Procedimiento

1.1. La?Sentencia?de?la?Audiencia?Nacional de 23 de noviembre del 2015, recurso 171/2015 (Ar. 300740), aborda el proceso de externalización del área logística de una empresa cuya ejecución supondría un excedente de ochenta y siete contratos de trabajo con justificación en causas económicas, organizativas y productivas. La empresa alcanza un acuerdo con la representación sindical de la UGT, que admite la necesidad de externalizar el servicio de logística de la compañía y acepta, como comisión negociadora del Convenio Colectivo, la inmediata entrada en vigor del pacto con la correspondiente comunicación a los representantes de los trabajadores de los centros afectados.En el acuerdo se prevé la recolocación de una serie de trabajadores en diferentes centros de trabajo de la empresa y el despido colectivo del resto, si bien esta última medida sería suspendida con posterioridad sin haberse llegado a aplicar—. Si los trabajadores no admitieran la recolocación propuesta y conviniendo las partes que concurren causas económicas, organizativas y productivas que justifican la extinción de los contratos de trabajo, procedería el pago de una indemnización de veinticinco días por año con un máximo de veinticuatro mensualidades. Finalmente, la empresa se compromete a gestionar con la empresa entrante la posibilidad de contratación de los trabajadores despedidos, bien que con la aplicación del Convenio Colectivo de la empresa entrante al aceptar los firmantes del acuerdo que no concurre sucesión empresarial...

Práctica

Laboral
Ver todas

Publicaciones relacionadas

VOLVER AL LISTADO DE PUBLICACIONES