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La nueva regulación de la colaboración público-privada: regimen juridico y financiación publica y privada (G.C.S.P. N.º 26)

23 de septiembre, 2011

Grupo de Contratos del Sector Público



Las circunstancias actuales de crisis económica y la necesidad de lograr la consecución de ciertos objetivos públicos con la menor consolidación de deuda posible ha determinado la toma de conciencia, por parte del legislador, de la necesidad de fomentar el empleo de la colaboración publico privada, que permite la financiación privada de prestaciones y actividades de interés publico o general dentro de los parámetros de estabilidad presupuestaria impuestos desde instancias comunitarias. Por otro lado, y conscientes de la necesidad, no solo de flexibilizar la utilización del modelo contractual de colaboración entre el sector público y el sector privado, sino sobre todo de arbitrar mecanismos que aseguren la viabilidad de esa financiación privada pretendida mediante dicha figura contractual, los poderes públicos han previsto, mediante la reforma de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Ley General Presupuestaria, la posibilidad cierta de los colaboradores privados de acudir a diversos mecanismos de financiación hasta ahora reservados a los contratos de concesión de obra pública, y al otorgamiento de avales por parte de la Administración General del Estado.

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