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Tras un intento fallido, el Gobierno ha conseguido convalidar el Real Decreto Ley 8/2017, de 12 de mayo (BOE de 13 de mayo), por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías. Pero la regulación presente deja un espectro amplio a la normativa futura por efectos transitorios, por derivación a la negociación colectiva y porque se reconoce una intervención legal que recoja el contenido de la mediación ejercida entre Gobierno, sindicatos y asociaciones empresariales afectadas...
No existe una pluralidad de acciones sino una única acción de naturaleza compleja cuando se solicita la cesión ilegal entre la entidad local y las empresas contratistas y se solicita la integración en el sector público a través del contrato de indefinido no fijo desde la fecha de la fraudulenta actuación
La justicia europea está propiciando algunas reformas legislativas. Desde el Gobierno se anuncian nuevas medidas para impedir el despido de la persona trabajadora con declaración de incapacidad permanente, debiendo la empresa adoptar los ajustes razonables para su continuidad, previa solicitud
Cualquier acuerdo que modifique temporalmente la jornada a tiempo parcial amparando una prestación a tiempo completo, sin justificación temporal, para actividades estructurales y sin cumplir los requisitos recogidos convencionalmente, se considera efectuado en fraude de ley