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Javier Vinuesa y Adrián Boix hablan sobre los intereses de demora en el IRPF.
El Supremo, en un controvertido fallo y con dos votos particulares en contra dentro de la sala, fijó que los contribuyentes deben tributar por los intereses de demora. Apenas dos años antes, en 2020, había dicho lo contrario, con lo que cambió de criterio y puso patas arriba los despachos de fiscalistas, con el temor de que haya retroactividad sobre los últimos cuatro años.
La decisión de Tributos contrasta con resoluciones anteriores del órgano de Hacienda, “que sí admitían esa deducción. Este es otro cambio de criterio, en el mismo ámbito, y sin justificación, lo que contribuye nuevamente a la inseguridad jurídica a la hora de presentar la autoliquidación por el IRPF de 2022”, arguyen Javier Vinuesa y Adrián Boix, de Gómez Acebo & Pombo.
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