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El Economista recoge en su artículo el cambio en la Ley de la Seguridad Social que permitirá cambiar de oficio los actos que considere erróneos en la afiliación, como altas, bajas o cuestiones de bonificaciones y no será necesario abrir procedimiento judicial.
Nuestro socio del área de Laboral, Carlos de la Torre, señala el doble impacto de esta modificación: "Por un lado, que la Inspección ya no es la única competente y por otro, que si el empresario está en desacuerdo tiene que acudir a los tribunales, pero ya no por la vía de lo Social, sino por la Contencioso-Administrativa".
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