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Declaración de nulidad de las cláusulas de gastos en préstamos hipotecarios. Implicaciones respecto del impuesto sobre actos jurídicos documentados

15 de febrero, 2017



Ante los numerosos procedimientos iniciados por parte de los clientes de entidades bancarias para obtener la declaración de nulidad de las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario en las que se establece el pago (entre otros gastos) de los tributos que gravan el préstamo, como consecuencia de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), de fecha 23 de diciembre del 2015, en el recurso 2658/2013, procede analizar la normativa aplicable y la jurisprudencia más destacada hasta la fecha, a fin de concluir sobre la procedencia del reembolso a dichos clientes, por parte de las entidades bancarias, de los tributos satisfechos por éstos con motivo de la formalización de sus préstamos hipotecarios.1. Antecedentes

Como consecuencia de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), de fecha 23 de diciembre del 2015, en el recurso 2658/2013 se han iniciado por parte de los clientes de entidades bancarias numerosos procedimientos tendentes a obtener la declaración de nulidad (entre otras) de las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario en las que se establece el pago de una serie de gastos por parte del prestatario, sobre la base de su posible consideración como cláusulas abusivas, toda vez que, con carácter general, no permiten una distribución equitativa de los gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación, modificación y ejecución del contrato...

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