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A la espera. Indudablemente es muy pronto para conocer cuáles serán las consecuencias reales que, en términos de fiscalidad, van a derivarse de la decisión adoptada en Reino Unido, el pasado 23 de junio, de abandonar la Unión Europea, ya que tal impacto dependerá de los términos en los que negocie la salida del país y de las nuevas condiciones por las que vaya a regirse su relación con la Unión Europea y sus Estados miembros.De todos modos, lo cierto es que esta nueva situación permitirá al Reino Unido asumir plenas competencias en materia tributaria, extremo del que podrían derivarse cambios sustanciales con respecto a la situación actual. Enumeraremos a continuación algunos de los ámbitos que podrían verse singularmente afectados por este nuevo escenario, sin perjuicio de que cualquier afirmación que pueda hacerse en el presente esté condicionada por las negociaciones y acuerdos a los que se llegue en un futuro que, aunque próximo, no será inminente...
El TJUE analiza la posibilidad de que pueda denegarse el derecho a deducir el IVA soportado en una adquisición, considerando que la factura que la documenta no es fidedigna por circunstancias que evidencian una falta de diligencia imputable al sujeto pasivo, y siendo tales circunstancias evaluadas atendiendo a una circular publicada por la Administración tributaria
Tras la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre la posibilidad de aplicar el llamado “derecho al error” de los contribuyentes, reflexionamos sobre el contexto en el que dicho Tribunal alude a este derecho y su potencial alcance en el ámbito sancionador tributario.
El TEAC ajusta su doctrina a la última jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre deducibilidad de las retribuciones de los administradores y consejeros con funciones ejecutivas, pero introduce matices respecto de las rentas que puedan percibir por su estricta condición de tales