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Modificación del régimen de neutralización de medidas anti-OPA en la Ley 1/2012

6 de julio, 2012



El apartado tercero de la disposición adicional primera de la Ley 1/2012, de 22 de junio, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital, ha dado nueva redacción al artículo 60 ter de la LMV, relativo a las medidas de neutralización de las medidas defensivas anti-OPA.

1. Antecedentes y contexto normativo
El alcance y sentido de los cambios operados –de los que seguidamente se dará cuenta- no pueden valorarse de forma adecuada sin recordar previamente algunos de los puntos esenciales de la anterior regulación de la materia y, sobre todo, sin conectar la reforma del régimen de OPAs con la que ha afectado a la disciplina de las limitaciones estatutarias al número máximo de votos que puede emitir un accionista (arts. 188.3 y 527 LSC).

En efecto, la versión derogada del artículo 60 ter LMV establecía un sistema de neutralización opcional de medidas anti-OPA según el cual las sociedades podían decidir que fueran ineficaces: (i) durante el plazo de aceptación de una OPA, las restricciones a la transmisibilidad de valores previstos en los pactos parasociales; (ii) en la junta general que hubiera de decidir sobre si autorizar a los administradores para adoptar medidas defensivas, las restricciones a los derechos de voto eventualmente existentes en los estatutos o en los pactos parasociales; y (iii) las restricciones a los derechos de voto y a la transmisibilidad de valores mencionados supra sub (i) y (ii) en el caso de éxito de la OPA formulada.

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