Puede obtener más información sobre la Política de Privacidad clicando aquí.
Se excluye la exigencia cuando la vulneración del derecho fundamental no se imputa a la última resolución judicial, sino a la inmediatamente anterior.
Se examina la jurisprudencia sobre la naturaleza y alcance de la suspensión, el régimen de su prórroga y los sujetos vinculados por la misma.
Se sintetiza la doctrina contenida en la STS, 1ª, 169/2024, 12 febrero, que cita otras referencias propias y de la Sala de Conflictos
Se expone la jurisprudencia sobre el requisito de que el propietario que impugna el acuerdo esté al corriente del pago de sus deudas con la comunidad, y sobre el alcance de la excepción que contempla el precepto