Sick leaves, however brief, are covered by the ‘Social Security’ (National Insurance) through temporary disability benefits. But there is a part that taxes the employer. Moreover, not all employee absences, even when authorised, arise from an illness, but may have other causes. In view of this, employment legislation, balancing conflicting interests, allows for redundancy where there is persistent intermittent absenteeism – however authorised – over a certain period of time, a redundancy that is now constitutionally endorsed.
El impago de cuotas a la Seguridad Social por parte del administrador de una empresa puede generar un delito o una infracción, en todo caso con aplicación del principio non bis in idem.
El administrador de la empresa es responsable del pago de la indemnización del despido de los trabajadores si se demuestra que el retraso en la disolución agravó la situación económica.
El absentismo, aun justificado, puede ser causa de despido objetivo, sin que el hecho de que las consecuencias del infortunio recaigan sobre el trabajador se considere inconstitucional.