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Al hilo de dos sentencias recientes, se ilustran las dos opciones posibles de resolver la ineficacia de contratos financieros celebrados con consumidores.
En caso de nulidad del contrato de leasing, el arrendador financiero debe restituir al arrendatario solamente la parte de las cuotas abonadas correspondiente a la carga financiera.
Análisis de las distintas alternativas disponibles actualmente para la protección de la tesorería de las empresas.
Muy oportuna la STS 56/2020, de 27 de enero. Pone fin al devaneo intelectual de varios tribunales españoles que se empeñaban en considerar abusivas las fianzas prestadas en garantía de préstamos ya garantizados por hipoteca o en las cuales se renunciaba al beneficio de excusión.