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Las medidas de ajuste y racionalización del gasto público están obligando a quienes dirigen y organizan los llamados "recursos humanos" a adoptar soluciones imaginativas dirigidas a la reducción de costes de personal. Experimentada ya la reducción salarial, la "congelación" de plazas de nuevo ingreso, la movilidad o las extinciones de contratos por llegada "natural" del término final, resta por plantear las dos soluciones más drásticas: la suspensión y la extinción del vínculo mediante procedimientos de regulación de empleo (ERE).Pese a que ya existe alguna experiencia práctica en empresas públicas y en alguna Corporación Local, el planteamiento general de los despidos (o suspensiones) en el Sector Público requiere tener en cuenta algunas consideraciones:
No existe una pluralidad de acciones sino una única acción de naturaleza compleja cuando se solicita la cesión ilegal entre la entidad local y las empresas contratistas y se solicita la integración en el sector público a través del contrato de indefinido no fijo desde la fecha de la fraudulenta actuación
La justicia europea está propiciando algunas reformas legislativas. Desde el Gobierno se anuncian nuevas medidas para impedir el despido de la persona trabajadora con declaración de incapacidad permanente, debiendo la empresa adoptar los ajustes razonables para su continuidad, previa solicitud
Cualquier acuerdo que modifique temporalmente la jornada a tiempo parcial amparando una prestación a tiempo completo, sin justificación temporal, para actividades estructurales y sin cumplir los requisitos recogidos convencionalmente, se considera efectuado en fraude de ley