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1. Uno de los criterios que utilizan las Leyes reguladoras de la propiedad industrial e intelectual a la hora de cuantificar los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la infracción del derecho es el de de los royalties que hubiera tenido que pagar el infractor en caso de haber solicitado y obtenido una licencia del titular del derecho.Así, el artículo 66.2 b) de la Ley de patentes dispone que para fijar la indemnización por daños y perjuicios debida al titular de una patente (o de un modelo de utilidad) se tendrán en cuenta, a elección del perjudicado, una serie de criterios, entre los cuales se encuentra el referente a "la cantidad que como precio el infractor hubiera debido pagar al titular de la patente por la concesión de una licencia que le hubiera permitido llevar a cabo su explotación conforme a derecho". A su vez, la Ley de marcas, en su artículo 43.2, preceptúa que para fijar la indemnización de daños y perjuicios por la infracción de una marca se podrá tener en cuenta, a elección del demandante, "la cantidad que como precio el infractor hubiera debido de pagar al titular por la concesión de una licencia que le hubiera permitido llevar a cabo su utilización conforme a derecho". Y un contenido similar presenta el artículo 55.2 b) de la Ley de protección jurídica del diseño industrial, y el artículo 140.2 b) de la Ley de propiedad intelectual.
Cuestiones más relevantes del Real Decreto 609/2023, de 11 de julio, por el que se crea el Registro Central de Titularidades Reales y se aprueba su Reglamento.
¿Pueden los estatutos de una sociedad de capital suprimir todos o algunos de los supuestos legalmente previstos (art. 190.1 LSC) en los que se prohíbe votar en la junta al socio que se encuentra en situación de conflicto de intereses con la sociedad?
La reclamación salarial en la subrogación laboral requiere que la acción de la persona trabajadora no haya prescrito conforme al plazo general de un año establecido legalmente, no siendo aplicable el plazo de caducidad de tres años referido tan sólo a la responsabilidad solidaria entre empresas.