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Se trata en ellas de cláusulas penales por ruptura de la exclusividad y de conversión de contrato de duración determinada en indeterminada
El Convenio C.M.R. no regula exhaustivamente el contrato de transporte y, en lo no regulado, debe completarse con los ordenamientos nacionales. Cuando éste es el español se aplica la Disposición Adicional Sexta de la Ley 15/2009, que permite al transportista efectivo ejercer la acción directa frente al cargador