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Inspección de Trabajo y Seguridad Social y registro de jornada

8 de junio, 2017



Precisada la posición del Tribunal Supremo sobre la inexigibilidad de registrar la jornada diaria efectiva de la plantilla, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social modifica parcialmente su actuación con una nueva instrucción. Y, así, la omisión del registro de la jornada diaria de trabajo no será constitutiva de infracción laboral.Pero eso no significa que el control del tiempo de trabajo —y, por ende, de la jornada del trabajador— quede al margen de la labor de fiscalización de la Inspección. La no obligatoriedad de un registro no exime a la empresa de respetar los límites legales y convencionales en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias....

Práctica

Laboral
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