Puede obtener más información sobre la Política de Privacidad clicando aquí.
El presente documento expone las principales novedades introducidas en la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.1. Preliminar
1.1. La labor armonizadora del derecho de marcas comenzó en lo que hoy es la Unión Europea con la Primera Directiva del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (89/104/CEE). Esta directiva armonizó sólo algunos aspectos de la regulación de los Estados relativa a las marcas, en particular, aquellos de los que se consideró que afectaban en mayor medida al funcionamiento del mercado interior (signos que pueden constituir una marca, prohibiciones absolutas y relativas de registro de la marca, derechos conferidos por la marca y sus limitaciones, la licencia, la prescripción por tolerancia, el uso obligatorio de la marca y, en general, las causas de caducidad y de nulidad de la marca).
Se niega que en el caso resuelto por la SAP de Madrid puedan aplicarse la solidaridad propia del régimen de daños competenciales y el Derecho común de la solidaridad impropia entre los causantes de un daño.
Se recogen las principales novedades legislativas y jurisprudenciales en el sector de las life sciences.
Noticia sobre la Comunicación de la CE sobre medidas de ayuda estatal para respaldar la economía tras la agresión a Ucrania por parte de Rusia. Tipos de ayudas: subvenciones directas, garantías y préstamos bonificados y compensación de los elevados precios de la energía. Cláusulas de salvaguardia.