El artículo 8 del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, dispone que, durante el año siguiente a contar desde la declaración del estado de alarma, el concursado podrá presentar propuesta de modificación del convenio que se encuentre en periodo de cumplimiento.
El artículo incluye algunas reflexiones sobre la compatibilidad de las Financiaciones ICO COVID-19 con procesos de refinanciación a los que probablemente se verán abocadas muchas compañías en los próximos meses.
La nueva Ley 3/2020 reproduce, adapta y amplía medidas procesales y organizativas adoptadas durante el estado de alarma en la Administración de Justicia, también en el ámbito laboral.
Se analiza el alcance de la norma que establece la suspensión de la causa de disolución por pérdidas de las sociedades de capital.