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Novedades en la tramitación de proyectos de instalaciones de energías renovables

27 de diciembre, 2021



El Real Decreto Ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables introduce dos novedades significativas referentes a la tramitación de proyectos de instalaciones de energías renovables, impulsadas por la actual situación de «desbordamiento» de las Administraciones públicas encargadas de la tramitación de las correspondientes autorizaciones:

1ª. Ampliación de los plazos intermedios del procedimiento de tramitación de proyectos

Ante el inminente vencimiento el día 25 de diciembre de 2021 del plazo para la obtención de la declaración de impacto ambiental favorable, para todos los proyectos con permiso de acceso anterior a 2018, el Real Decreto Ley 29/2021 extiende por un plazo adicional de nueve meses las fechas previstas en el Real Decreto Ley 23/2020, para los hitos intermedios relativos a la declaración de impacto ambiental y las autorizaciones administrativas previa y de construcción, sin extender el plazo total de cinco años para el hito final de obtención de la autorización administrativa de explotación.

Los nuevos plazos son los establecidos en el nuevo artículo 1.1, apartados a) y b) del Real Decreto Ley 23/2020 y se computarán desde el 25 de junio de 2020.

2ª. Posible renuncia a derechos de acceso antes del 23 de enero de 2022, con recuperación de las garantías aportadas

El Real Decreto Ley 29/2021 da la oportunidad a los titulares o solicitantes de permisos de acceso y, en su caso, de acceso y conexión, que hubieran obtenido o solicitado tales permisos antes de su entrada en vigor (23 de diciembre de 2021), de renunciar a tales derechos en el plazo de un mes desde su entrada en vigor (antes del 23 de enero de 2022), procediéndose a la devolución de las garantías económicas presentadas para tramitar la solicitud de acceso a las redes de transporte y distribución (Disposición transitoria primera).

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