La Ley 11/2018, de 28 de diciembre, ha dado nueva redacción al artículo 348 bis de la Ley de Sociedades
de Capital. En este documento se intenta identificar los cambios de mayor relevancia y
se trata de explicar someramente su sentido y su propósito.
Se analiza el alcance de la norma que establece la suspensión de la causa de disolución por pérdidas de las sociedades de capital.
Se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley por el que se modifican diversas leyes españolas en materia de sociedades cotizadas y mercados de valores.
Se exponen los deberes y la responsabilidad de los administradores de las sociedades de capital por la continuación de la actividad empresarial durante la suspensión temporal de los deberes legales de promoción de la disolución o el concurso. En particular, se analiza dicha responsabilidad frente a los denominados «nuevos acreedores».