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El Decreto-Ley 109-E/2021, que entra en vigor en Portugal el próximo 7 de junio de 2022, introduce un cambio legislativo radical respecto de las obligaciones en materia de cumplimiento normativo en las empresas portuguesas, particularmente, en el ámbito de la prevención de la corrupción y sus delitos conexos.
Las filiales y sucursales españolas con 50 o más empleados y con presencia en Portugal también son entidades obligadas en el marco del novedoso Decreto-Ley 109-E/2021.
La Ley Orgánica 14/2022 modifica de forma importante los delitos de malversación de caudales públicos e introduce un nuevo tipo penal, el delito de enriquecimiento ilícito, no exento de polémica.
La Sentencia de 21 de octubre del 2021 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ofrece algunas claves interpretativas que se han de tener en cuenta en la aplicación de la figura del decomiso.
La Directiva (UE) 2019/1937 obliga a los Estados a implantar un sistema que proteja a quienes denuncien infracciones del Derecho de la Unión en un gran número de sectores y admite además que los Estados amplíen su ámbito de aplicación.