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Se extiende el sentido de las ayudas para trabajadores autónomos durante el periodo de recuperación económica con la solicitud de una nueva prestación o con la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social.
El II Acuerdo Social en Defensa del Empleo mantiene medidas extraordinarias adoptadas durante el estado de alarma, pero con una progresiva adaptación de las mismas a la etapa de recuperación.
Se garantiza una renta mínima a personas o unidades de convivencia con vulnerabilidad económica, permitiendo su compatibilidad con el trabajo, y se establece un distintivo social para empresas que empleen a sus beneficiarios.
Las medidas de emergencia prevén prestaciones extraordinarias para autónomos, reglas de flexibilidad para el teletrabajo y una adaptación y reducción de la jornada laboral más accesible.