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Teniendo en cuenta la proximidad de la huelga general convocada por los sindicatos más representativos para el próximo día 29 de marzo, a continuación respondemos a algunas preguntas/ cuestiones en relación a posibles actuaciones empresariales anteriores, coetáneas y posteriores al ejercicio del derecho de huelga.
El escrito se ha confeccionado a partir de los criterios de Jurisprudencia Constitucional u ordinaria, mezclados con las previsiones del Real-Decreto Ley 7/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo y de otros preceptos concordantes.
Se trata de una ilustración o apoyo que no puede sustituir al estudio concreto de cada supuesto. Sólo a la vista de cuantas circunstancias concurran en cada caso puede responderse de manera adecuada.
La inclusión de una única clase conformada por los trabajadores en el plan de reestructuración resulta cuestionable desde la perspectiva laboral. Declarada por sentencia firme la deuda salarial y ante una empresa solvente, se trata de realidad extraconcursal que no puede ser resuelta con las reglas del preconcurso.
Cuando se produce un cambio de titular en una notaría, si el nuevo notario asume parte de la plantilla, mantiene los medios materiales y los locales de dicha oficina y se convierte en el depositario del protocolo, se produce una transmisión de empresa a efectos laborales.
En una modalidad procesal en la que no cabe recurso, la aceptación del mismo por infracción procedimental previa sólo permite conocer de esta última, vetando cualquier conocimiento del conflicto de fondo que subyace y que justifica la aplicación de una modalidad procesal especial