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Regímenes tributarios especiales: transparencia fiscal internacional

16 de febrero, 2015

Área de Fiscal de Gómez-Acebo & Pombo



La reciente publicación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha incorporado determinadas novedades en relación con el régimen de la transparencia fiscal internacional cuya entrada en vigor se ha producido el pasado 1 de enero del 2015. El régimen ha sido endurecido en coherencia con las políticas de fiscalidad internacional dictadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Destacan, entre otras, las siguientes modificaciones:? En primer lugar, se mantienen los requisitos de participación mínima —el 50 % de participación conjuntamente con personas o entidades vinculadas a fecha de cierre del ejercicio— y de tributación efectiva —el importe satisfecho por razón de gravamen de naturaleza idéntica o análoga debe ser equivalente, como mínimo, al 75 % del impuesto sobre sociedades español que hubiese correspondido— para que las rentas obtenidas por la entidad no residente no sean imputadas a su socio español. Por tanto, en consonancia con la bajada del tipo impositivo general al 25 % (28 % en el 2015), la tributación mínima efectiva exigida para que no resulte aplicable dicho régimen es del 18,75 % (21 % en el 2015)...

Práctica

Fiscal
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