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La justicia europea considera que la integración en el órgano estatutario de la empresa no permite, por sí sola, presumir o excluir la existencia de una relación laboral a efectos de la protección del Derecho europeo que sólo admite alguna exclusión si se dirige de forma efectiva la empresa.
Se amplía el marco de cobertura de la protección social privada mediante nuevos planes de pensiones de empleo previstos para alcanzar a autónomos, socios trabajadores, empleados públicos y trabajadores de las empresas, especialmente pequeñas y medianas, según su convenio sectorial.
Se crea el nuevo Fondo de Pensiones de Empleo de Promoción Pública, promovido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y con un control público, aunque con posible gestión privada, destinado a garantizar el desarrollo de los planes de pensiones de empleo.