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Algunos Convenios Colectivos introducen entre sus cláusulas las denominadas «garantías de empleo». Se trata de un compromiso que adquiere la empresa de mantener el empleo aunque surjan circunstancias que avalarían la extinción del contrato de trabajo. Generalmente se trata de empresas tecnológicas con procesos de innovación permanente que requieren cambios técnicos con periodicidad. Se cuestiona aquí si la transmisión de la empresa supone el incumplimiento de dicha cláusula convencional, toda vez que los trabajadores pasan a depender de otra empresa distinta, aunque conserven su puesto de trabajo.1. La aplicación del Convenio Colectivo de la empresa Euskaltel, S. A., ha planteado recientemente esta cuestión al incorporar entre su articulado un epígrafe con garantía de empleo para sus trabajadores. Euskaltel, S. A., es operadora de telecomunicaciones en el País Vasco y ofrece servicios de telefonía fija, móvil, internet y televisión digital, en la actualidad con una titularidad mayoritaria de capital social privado. Uno de sus departamentos, el de Desarrollo y Operaciones, se encarga del mantenimiento y programación de las aplicaciones e infraestructuras relacionadas con los sistemas de información de Euskaltel, S. A., creando, desarrollando e instalando programación informática y ofreciendo mantenimiento informático...
No existe una pluralidad de acciones sino una única acción de naturaleza compleja cuando se solicita la cesión ilegal entre la entidad local y las empresas contratistas y se solicita la integración en el sector público a través del contrato de indefinido no fijo desde la fecha de la fraudulenta actuación
La justicia europea está propiciando algunas reformas legislativas. Desde el Gobierno se anuncian nuevas medidas para impedir el despido de la persona trabajadora con declaración de incapacidad permanente, debiendo la empresa adoptar los ajustes razonables para su continuidad, previa solicitud
Cualquier acuerdo que modifique temporalmente la jornada a tiempo parcial amparando una prestación a tiempo completo, sin justificación temporal, para actividades estructurales y sin cumplir los requisitos recogidos convencionalmente, se considera efectuado en fraude de ley