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Con efectos desde el 1 de enero del 2015, la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) introduce importantes novedades en relación con la valoración de los diferentes elementos patrimoniales que determinan la base imponible del impuesto, fundamentalmente en materia de amortizaciones y pérdidas por deterioros.
En virtud del nuevo texto legal, se mantiene la deducibilidad de las cantidades que, en concepto de amortización de elementos patrimoniales del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias, correspondan a su depreciación efectiva por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia. En este sentido, la principal novedad, sin perjuicio de su posible desarrollo reglamentario, reside en la sustancial simplificación de la tabla de coeficientes de amortización contenida en la propia ley y aplicable al criterio de amortización lineal, al pasar de una tabla donde se desglosaban alrededor de seiscientos elementos a una nueva con únicamente treinta y tres elementos...
El TJUE analiza la posibilidad de que una entidad que presta servicios de trabajo y prestaciones accesorias en exclusiva a otra del mismo grupo que tiene la sede de su actividad económica fuera de la Unión Europea, siendo ambas jurídicamente independientes, pueda calificarse como establecimiento permanente de la destinataria.
Extracto de las principales novedades tributarias, a la vista de la última jurisprudencia y doctrina administrativa.