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El Real Decreto Ley 19/2020 reactiva la portabilidad en los servicios de telecomunicaciones y obliga a los operadores a fraccionar y aplazar el pago de las facturas impagadas durante el estado de alarma a todos los clientes que lo soliciten.
El TS anula el apdo. 8 del art. 46 del Reglamento General de Recaudación, de forma que la presentación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento y de una solicitud de suspensión ya no implicará en todo caso el archivo de la primera.