Puede obtener más información sobre la Política de Privacidad clicando aquí.
El TJUE considera que el régimen español de responsabilidad patrimonial del Estado legislador en casos de infracción del Derecho de la Unión ―regulado en los artículos 32, apartados 3 a 6, y 34.1, párrafo segundo, de la Ley 40/2015, y el artículo 67.1, párrafo tercero, de la Ley 39/2015― vulnera el principio de efectividad.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de septiembre del 2020 aclara algunas de las condiciones en la Ley 40/2015 para el ejercicio de la acción de responsabilidad del Estado por leyes inconstitucionales.