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Recientes pronunciamiento de la DGSJFP y una adecuada comprensión de la unánime jurisprudencia civil sobre la aplicación del artículo 1154 Código Civil podrían llevar a pensar que estos pactos son ya válidos en España
Una reciente sentencia de la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona analiza el interesante problema de la eventual aplicación de la cláusulas rebus sic stantibus a un contrato de licencia de marca, cuando el licenciatario alega la desvalorización de la marca.