En la STS de 28.09.2020 se aborda el problema del régimen de responsabilidad aplicable al porteador contractual en un contrato de transporte multimodal cuando no es posible identificar el trayecto en el que se produjo el daño en la carga.
En sentencia de 12 de febrero del 2020, el TS analiza los límites de la responsabilidad del porteador terrestre en caso de pérdida, averías o retraso y, en especial, las posibles excepciones convencionales de tales limitaciones recogidas en el art. 61 LCTTM.