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La reversión de servicios puede conllevar subrogación laboral pero conviene precisar los términos de la Ley de Contratos del Sector Público aplicable.
Se declara inconstitucional, por falta de contenido presupuestario, la norma que impedía la incorporación o la consideración como empleados públicos de los trabajadores objeto de subrogación laboral en la reversión de servicios públicos.